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Funciones

Las funciones de la Dirección de Obras Portuarias están regidas por el DFL N° 850 de 1997, que refunde, coordina y sistematiza la Ley N° 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y por el D.S. MOP N° 932 de 19 de noviembre de 2008, que establece la nueva organización y funciones del Servicio y deja sin efecto del D.S. MOP N° 351 del 23 de Diciembre de 1991.

La estructura organizacional interna y funciones específicas de la Dirección de Obras Portuarias se encuentran establecidas en la Res. D.G.O.P. N° 2412 del 2009, actualmente en proceso de reemplazo por una que se adecue a la nueva organización. Sus funciones son las siguientes:

  • Planificar la infraestructura portuaria y ejecutar los procesos establecidos en el sistema nacional de inversión pública.
  • Desarrollar, directamente o través de consultorías externas, proyectos de obras portuarias.
  • Supervisar, fiscalizar y aprobar todos los proyectos de obras portuarias desarrollados a nivel nacional, tanto públicos, sean éstos directos o a través de consultorías externas, como privados.
  • Establecer las normas técnicas respecto del desarrollo de proyectos portuarios.
  • Supervisar, y fiscalizar todas las obras públicas portuarias y de dragado ejecutadas a nivel nacional, en sus aspectos técnicos y administrativos.
  • Supervisar y fiscalizar la construcción de obras portuarias ejecutadas por particulares, verificando el cumplimiento del proyecto aprobado.
Servicios MOP
Ministerio de Obras Públicas, MOP - Morandé 59, Santiago de Chile - Mesa Central: (56+2) 2449 3000 - Atención Ciudadana: (56+2) 2449 4000